Analizan bajar consulta sobre expresidentes
Tras conocer que el proyecto de Luis Mara Aguilar busca declarar inconstitucional el ejercicio, el Presidente pidi a los ministros no dejarse intimidar y decidir considerando el sentimiento del pueblo.
AGENCIAS
La peticin de consulta popular para enjuiciar a los ltimos cinco expresidentes sera inconstitucional.
De acuerdo con el proyecto elaborado por Luis Mara Aguilar, ministro de la Suprema Corte, la propuesta viola los derechos humanos, violenta el principio de presuncin de inocencia y vulnera el principio de igualdad ante la ley de todos los mexicanos.
Si bien cada uno de los motivos expuestos es por s solo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de la materia de la consulta popular, la suma de todos ellos permite concluir que se trata de un concierto de inconstitucionalidades, indica el documento que la Corte discutir el prximo jueves.
Tras esto, el presidente Andrs Manuel Lpez Obrador pidi esperar al fallo del pleno de los ministros y asegur que, en su opinin, no se vulneran derechos.
Que (los ministros) acten con apego estricto a la ley, que no se dejen intimidar, que acten con criterio. Que aunque ellos deciden de acuerdo a lo establecido en las leyes (…) que tambin tomen en cuenta el sentimiento del pueblo, plante.
Corte perfila revs a consulta
La materia de la consulta para juzgar a expresidentes no es vlida constitucionalmente y la pregunta no tiene un sustento legal, seala el proyecto a discutir.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia, Luis Mara Aguilar Morales, propondr declarar inconstitucional la peticin de consulta popular planteada por el presidente Andrs Manuel Lpez Obrador para juzgar a los expresidentes de la Repblica, por considerarla violatoria de los derechos humanos, violentar el principio de presuncin de inocencia y vulnerar el principio de igualdad ante la ley de todos los mexicanos.
El proyecto de sentencia, que consta de 43, hojas ser discutido el prximo 1 de octubre por el pleno de ministros de la Corte, anunci este jueves el alto tribunal al poner a la disposicin de la sociedad el contenido de la propuesta a travs de las redes sociales de la Corte.
Si bien cada uno de los motivos expuestos es por s solo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de la materia de la consulta popular, la suma de todos ellos permite concluir que se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecucin de los delitos y el Estado de derecho mismo, lo cual implica la afectacin de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos, advirti el documento que ser discutido.
A lo largo del proyecto, el ministro Aguilar Morales argument entre otras razones que la consulta no puede llevarse a cabo porque restringira los derechos humanos de un grupo de mexicanos sea indiciados o vctimas al ser contrario a la ley someter a consulta de la ciudadana si las instituciones de procuracin e imparticin de justicia deben o no cumplir con sus obligaciones.
Lo anterior implica el riesgo de generar impunidad en uno u otro sentido, en razn de que el resultado del ejercicio ciudadano es vinculante para las autoridades del Estado mexicano y la Constitucin no puede contradecirse as misma.
Sobre todo abund si se est ante la sospecha de la comisin de delitos de lesa humanidad, como lo seal el Presidente en su peticin enviada el 15 de septiembre.
El impartidor de justicia federal record que tales conductas delictivas no prescriben y en el hipottico caso de que la consulta rechace juzgar a los exgobernantes, las vctimas de tales ilcitos quedaran en la indefensin.
La consulta popular no puede tener por objeto la restriccin de los derechos de las personas, lo que implica, necesariamente, que tampoco puede consultarse si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos, pues esa es su obligacin constitucional. A la ciudadana no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la funcin pblica, se describe en el punto 54 de la propuesta de un total de 124 fundamentaciones legales.
Ms adelante, se explica que, de autorizar la consulta popular, se quebrantara el fin de la misma, consistente en ampliar los derechos humanos de las personas y sus libertades.
Es precisamente por ello que el objeto de la consulta popular que se solicita, se considera inconstitucional, pues someter a consulta si la mayora est de acuerdo o no en que las autoridades competentes investiguen, persigan y sancionen los delitos que pudieran ser cometidos por los expresidentes de la Repblica, implica sujetar a la condicin o eleccin de una porcin de la poblacin, cualquiera que sea su nmero, si las autoridades deben cumplir con sus obligaciones de proteccin de los derechos humanos, pero sobre todo, implicara desvirtuar la finalidad de la consulta popular que, como derecho humano, busca maximizar la voz de la ciudadana y fortalecer sus derechos, nunca disminuirlos, apunt.
Al hacer referencia al principio de presuncin de inocencia, el proyecto puntualiza los inconvenientes para impartir justicia si se autoriza la consulta:
El objeto de la consulta vulnera la presuncin de inocencia de las personas, pues al exponerlas mediticamente violenta las garantas penales esenciales y los derechos humanos en general; esta violacin constitucional tiene impacto en los derechos de las posibles vctimas de los delitos que se imputan y de la sociedad en general (…) toda vez que las violaciones a la presuncin de inocencia pueden viciar los hipotticos procesos penales que se lleven a cabo con lo que existira la posibilidad de que, en algunos casos, esta exposicin meditica estigmatizante desemboque en la ilicitud de pruebas o incluso que generen un efecto corruptor en todo el proceso.
Sobre el principio de igualdad previsto en la Constitucin, el ministro argument que la ley no puede aplicarse de un modo a un grupo de ciudadanos y a otros tratarlos de manera distinta.
Todas las personas tienen derecho a recibir el mismo trato y, en este caso especfico, no est justificado por qu a unas personas se les somete al escrutinio pblico para determinar si se les debe investigar y, en su caso, sancionar penalmente, mientras que al resto de las personas no se les da ese mismo tratamiento, indica.
Aguilar dijo queno emitira pronunciamiento con relacin a la calificacin de la trascendencia de la consulta ni en torno a la legalidad y contenido de la pregunta en virtud de que el objeto o materia de esta consulta no es vlido constitucionalmente, de manera que la pregunta no tiene un sustento legal, y su estudio en s misma resulta improcedente, concluy el proyecto de sentencia.
Los datos
- A la ciudadana no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la funcin pblica, se describe en el punto 54 de la propuesta del ministro Aguilar.
- La consulta implica sujetar a la condicin o eleccin de una porcin de la poblacin, cualquiera que sea su nmero, si las autoridades deben cumplir con sus obligaciones de proteccin de los derechos humanos.
- El objeto o materia de esta consulta no es vlido constitucionalmente, de manera que la pregunta no tiene un sustento legal, y su estudio en s misma resulta improcedente, concluye el proyecto.
SCJN DEBE DECIDIR AJENA A PRESIONES
El presidente llama a tomar en cuenta el sentimiento del pueblo.
Tras conocer que el proyecto de la Suprema Corte de Justicia respecto de la constitucionalidad de la consulta popular para iniciar juicios en contra de expresidentes por presuntos actos de corrupcin va en sentido de no aprobarla, el presidente Andrs Manuel Lpez Obrador pidi esperar al fallo del pleno de los ministros.
Que acten con apego estricto a la ley, que no se dejen intimidar, que acten con criterio. Que aunque ellos deciden de acuerdo a lo establecido en las leyes (…) que tambin tomen en cuenta el sentimiento del pueblo, estableci el titular del Ejecutivo en su rueda de prensa matutina.
La Corte anunci que el proyecto elaborado por el ministro Luis Mara Aguilar seala que la solicitud de consulta ciudadana es inconstitucional por violentar los derechos humanos de los posibles implicados.
El proyecto del ministro Aguilar seala que la exposicin de motivos para solicitar la consulta ciudadana, la suma de todos ellos, es un concierto de inconstitucionalidades.
Que ya s que deben de resolver con apego a la legalidad.
Yo considero que no existe ninguna violacin a los derechos humanos, a las garantas de los ciudadanos, porque en el caso de que se llevaran a cabo estos juicios los tiene que hacer la autoridad competente de acuerdo a la legalidad que prevalece dndole al acusado las garantas de defensa, afirm el presidente Lpez Obrador.
El proyecto ser sometido a discusin en el pleno de la Suprema Corte el prximo 1 de octubre.